La International Board ha anunciado nuvas reglas en el fútbol, entre ellas los requisitos para utilizar el VAR (videoarbitraje), IFAB hizo pública las nuevas reglas que entraran en vigencia a partir del próximo 01 de junio de 2018.
La regla 1 indica ahora que “en los partidos que utilicen el VAR, se deberá contar con una sala de vídeo, y al menos con un área de revisión, y que durante los encuentros únicamente las personas autorizadas podrán entrar en ella o comunicarse con el VAR, el AVAR o el técnico de repeticiones”.
“La sala de vídeo es el lugar donde realizan su labor el árbitro asistente de vídeo (VAR), su asistente (AVAR) y el técnico de repeticiones. Estará ubicada en el mismo estadio, cerca de este o en un emplazamiento más alejado” tras indicar que “el área de revisión estará situada en un lugar visible fuera del terreno de juego y claramente marcada”.
La regla número 6 establece que asiste al árbitro a la hora de tomar una decisión utilizando imágenes en determinados supuestos.
“El asistente del árbitro asistente de vídeo (AVAR) es un miembro del equipo arbitral que principalmente ayuda al VAR a la hora de ver las imágenes de televisión mientras el VAR está llevando a cabo una comprobación o revisión”, así como a “informar sobre la decisión del VAR a las partes relevantes”.
La regla 3 establece que los organizadores de las competiciones pueden incluir en su reglamento la opción para los equipos de hacer una sustitución adicional en las prórrogas, incluso si ya se han realizado todas las permitidas, así como que en los amistosos internacionales de selecciones A se podrán designas hasta un máximo de doce suplentes.
La regla 4 inherente al equipamiento de los jugadores, indica que “no estarán autorizados los eslóganes, mensajes e imágenes que aludan a personas, vivas o fallecidas, a menos que formen parte del nombre de la competición, ni a partidos, organizaciones o grupos de carácter político locales, regionales, nacionales o internacionales”.
Tampoco los de “gobiernos locales, regionales o nacionales ni sus ministerios, cargos o funciones de ninguna organización de carácter discriminatorio”, ni los de organizaciones “cuyos objetivos o acciones puedan ofender a un número considerable de personas” o “de actos de carácter político”.
“Se concederá un tiro libre directo si un jugador muerde o escupe a alguien”, situación que define como “poco habitual, pero se que ha considerado infracción”.